Permitirán a uno de los padres pedir licencia para cuidar a sus hijos los días que no asistan a clases presenciales

También cuando tengan jornada reducida.

De cara al inicio del ciclo lectivo 2021, el Gobierno Nacional oficializó este viernes la medida que permite a los padres pedir licencia para cuidar a sus hijos los días que no asistan a clases presenciales o tengan una jornada reducida.

El Ministerio de Trabajo publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 60/2021 que fija los criterios mediante los cuales los empleadores deberán otorgar licencia a uno de los padres o responsable del estudiante las jornadas que sigan la clase de manera virtual en sus domicilios.

Así, el Poder Ejecutivo dispuso a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, “se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”.

De acuerdo a la normativa, la medida es de alcance nacional para el sector privado y regirá en los siguientes casos: los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo; y los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

La persona alcanzada por esa justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador. Para permitir el adecuado control, deberá completar una declaración jurada que deberá contener: los datos del niño, niña o adolescente; grado en el que cursa y los datos del establecimiento educativo al que concurre; el régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución; y la declaración de que su presencia en el hogar “resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo”.

Además, la resolución indica que “podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar“. El Ministerio de Trabajo explicó que “en función de las distintas situaciones epidemiológicas y de las decisiones que al respecto tomen las autoridades de las distintas jurisdicciones, la modalidad de retorno a la presencialidad se dispondrá de diversas maneras, en lo que hace a regímenes horarios y las diversas variantes de presencialidad y educación a distancia”. Por ello justificó el establecimiento de dichas pautas “cuanto a las tareas de cuidado en el hogar, así como a la previsibilidad en la dinámica de las relaciones laborales”.

FUENTE: DIB

Comentarios

  1. Que desastre , con esto va a pasar que nadie dara trabajo a personas con hijos o se sacaran de encima al empleado , yo creo que ya el empleador dio demasiado , , este desgobierno no tiene idea lo que es conducir un pais , ahh , robar ,eso lo hace muy bien ,vacunen y solucionen el problema , ,

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