AÚN NO HAY SENTENCIA DEFINITIVA

La Suprema Corte rechazó un recurso presentado por la Municipalidad en el caso de la Tasa de Salud y los aumentos de todas las tasas

Además, intimó a un grupo de 29 vecinos que hicieron una presentación a probar su condición de contribuyentes para sumarlos a quienes realizaron el reclamo original.

La disputa judicial en torno a la creación de la Tasa de Salud y la suba generalizada de todas las tasas, derechos y contribuciones por parte de la Municipalidad de Chacabuco sumó un nuevo capítulo favorable a quienes cuestionan la legalidad de la asamblea de concejales y mayores contribuyentes realizada el 30 de diciembre pasado, en la que se trataron esos temas.

En estos días, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por el Municipio contra la medida cautelar que mantiene suspendidos los efectos de las ordenanzas 10.866, 10.867 y 10.868 para los cinco concejales opositores que reclamaron originalmente ante ese tribunal.

Con esta decisión, la cautelar dictada a fines de mayo continuará plenamente vigente hasta tanto no se dicte una sentencia sobre el fondo de la cuestión.

El Ejecutivo municipal intentó revertir la suspensión que rige para los concejales alegando que el Tribunal había actuado con “contradicción” al comparar este expediente con otra causa previa, argumentando que existía una violación al principio de igualdad. Sin embargo, los magistrados de la Corte desestimaron el planteo y precisaron las marcadas diferencias procedimentales entre ambos casos.

Según el fallo del máximo tribunal, en la causa de las ordenanzas 10.866, 10.867 y 10.868 se detectó una falta de mayoría requerida en la asamblea de concejales y mayores contribuyentes realizada en diciembre pasado, la cual tuvo como resultado un empate en 17 votos. En esa ocasión, el oficialismo consideró que la creación de la tasa, así como las ordenanzas Impositiva y Fiscal, quedaban aprobados por 18 a 17, por computarse doble el voto del presidente del Concejo, Tomás Domínguez.

“No se alcanzó la mayoría necesaria”

Aún con el cómputo doble del voto del Presidente del Concejo Deliberante, no se alcanzó la mayoría necesaria para la válida aprobación de las ordenanzas cuestionadas (…), tal como exige el artículo 193 inc. 2 de la Constitución provincial”, remarcaron los jueces en la resolución. Esto es así porque, según su criterio, para que las ordenanzas que se tratan en las asambleas de concejales y mayores contribuyentes puedan considerarse aprobadas se requiere el voto favorable de, al menos, la mitad más uno del total de los integrantes del organismo. En este caso, debieron ser 19 o más votos a favor.

Por otro lado, luego de la cautelar de mayo en favor de los cinco concejales un grupo de 29 personas realizó una presentación ante la Corte solicitando incorporarse a la demanda como vecinos y contribuyentes con el patrocinio del mismo abogado, para que también a ellos se les suspenda el cobro de la nueva tasa y los aumentos.

Si bien el letrado sostuvo que todos los firmantes son residentes y contribuyentes de Chacabuco, el máximo tribunal consideró que las explicaciones vertidas resultaron “insuficientes” para acreditar formalmente la condición de tales. En consecuencia, le otorgó a las 29 personas un plazo perentorio de cinco días para que presenten la documentación probatoria correspondiente, bajo apercibimiento de tenerlas por no presentadas en la causa.

Ahora falta que la Corte emita una sentencia definitiva sobre el caso. Si la resolución se mantiene en línea con lo planteado hasta el momento por el tribunal, podría ordenarse que quede sin efecto para todos los contribuyentes del partido de Chacabuco la creación de la Tasa de Salud y los aumentos aplicados a las demás tasas.

Los concejales que realizaron la presentación original ante la Corte fueron Ignacio Orsini, Lucía Doracio, Anabella Lalla y Lisandro Herrera, de la UCR-Pro, y Ezequiel Martínez, del bloque Frente Demócrata Liberal.

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