Esta mañana se llevó adelante una conferencia de prensa en el despacho municipal donde la Diputada Micaela Olivetto presentó un Proyecto de Ley para la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires con el objetivo de crear en Chacabuco una segunda fiscalía y una Defensoría Oficial.
Estuvieron presentes también en Intendente Darío Golía, el Fiscal Pablo Vespasiano, el secretario de Gobierno Javier Estévez y Asesor Letrado del Muncipio, Matías Sassoni.
PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY
ARTÍCULO 1º: Créanse en el Departamento Judicial Junín, un (1) cargo de Agente Fiscal y un (1) cargo de Defensor Oficial con competencia en lo Criminal y Correccional, quienes tendrán su asiento en la ciudad de Chacabuco.
ARTÍCULO 2º: Modifíquese el último párrafo del inciso b) del artículo 10 de la Ley Nº 5.827 -Orgánica del Poder Judicial- (T. O. por Decreto Nº 3.702/92) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“En la ciudad de Chacabuco tendrán su asiento dos (2) Agentes Fiscales y un (1) Defensor Oficial con competencia en lo Criminal y Correccional.”
ARTÍCULO 3º: Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley, requiriendo a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia la determinación de las necesidades de personal y recursos materiales para el funcionamiento de los órganos creados.
ARTÍCULO 4º: La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia podrá celebrar con el Municipio de Chacabuco los convenios pertinentes a fin de que la comuna provea los espacios físicos y recursos materiales necesarios para el establecimiento y funcionamiento de las oficinas respectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 13.274.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Los fundamentos del proyecto se encuentran debajo de la transmisión en vivo.
FUNDAMENTOS
La propuesta sometida a consideración tiene su origen en la necesidad imperiosa de mejorar la administración de justicia en la localidad de Chacabuco y, por consiguiente, en el Departamento Judicial Junín.
La Constitución de la provincia de Buenos Aires, en su artículo 11, garantiza la igualdad de todos los habitantes ante la ley. Asimismo, en su artículo 36 determina expresamente la obligación de la provincia de eliminar los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
En el artículo 15, la Provincia asegura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia, la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes y la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos en todo procedimiento administrativo o judicial.
Es en este marco que se afianzan las obligaciones asumidas en torno a la administración de justicia en el territorio bonaerense y, como se adelantara, la necesidad de tomar decisiones que impliquen derribar los obstáculos que separan a la ciudadanía de su efectivo cumplimiento.
Actualmente, la administración de justicia en la localidad de Chacabuco se ve obstaculizada por una multiplicidad de factores.
En primer lugar, debe resaltarse el fuerte incremento de la tasa de litigiosidad -calculada por cantidad de investigaciones penales preparatorias iniciadas cada cien mil habitantes- que ha registrado el Departamento Judicial de Junín: conforme los últimos datos publicados por la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, el Departamento Judicial Junín registra una tasa de litigiosidad de 4.456, superando a otros departamentos como Trenque Lauquen, Mercedes, Azul o La Matanza.
En igual dirección sucede con los datos registrados respecto del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil: Junín registra una de las tasas de litigiosidad más altas de la provincia con 204 investigaciones penales preparatorias en 2022, quedando cuarto a nivel provincial.
Esto encuentra su correlato en el imponente crecimiento de la tasa de litigiosidad alcanzada por la localidad de Chacabuco, igualando incluso los números registrados por la ciudad de Junín, que duplica en habitantes a la primera.
Conforme los registros elaborados por la propia Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 11 -única unidad fiscal descentralizada con asiento en Chacabuco- solo en los últimos cinco años -2018-2022- (pandemia mediante) se ha registrado un aumento de ingresos de investigaciones penales preparatorias de un 25%. En la misma línea, durante el año 2022 se registraron 1950 causas penales iniciadas, y en el 2023 se alcanzó un total de 2100. Notándose un incremento hacia el 2026.
Desde el punto de vista geográfico, la ciudad de Chacabuco se encuentra a 50 kilómetros de la ciudad cabecera del Departamento Judicial. Según los datos estadísticos aportados por el censo 2022 (INDEC, 2022), la ciudad de Chacabuco cuenta con una población de 52.731 habitantes, lo que representa un incremento del 8.27% de los 48.703 habitantes del censo anterior (INDEC, 2010). Por su población, es la segunda ciudad más poblada después de la cabecera departamental Junín.
Si consideramos la cantidad de habitantes con la que cuenta el distrito, sumado a la necesidad que tienen los mismos de acceder a la administración de justicia, se reafirma la obligación de crear una nueva Unidad Fiscal.
Esto, indudablemente, será una importante contribución para que el estado brinde con mayor eficacia, una de sus funciones elementales e indelegables como es la administración de justicia.
Lo dicho se enmarca, además, en el rol de vital importancia que cumplen las Unidades Fiscales de Instrucción y Juicio en este sentido. Es que no solo se encargan de practicar las investigaciones penales preparatorias e intervenir en los juicios sino que son, muchas veces, el primer contacto de la ciudadanía con el Ministerio Público y, en ese orden, también tienen a su cargo la atención y asesoramiento de víctimas de delitos. Ello conforme Ley de Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires 14.442.
Resulta imprescindible ponderar el impacto que la estructura actual funcional requiere sobre el acceso a la justicia de los habitantes de Chacabuco. En este decir, la creación de un nuevo cargo de Agente Fiscal en el distrito se concreta en una herramienta destinada a garantizar el acceso a la justicia, especialmente de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad tras haber resultado víctimas de hechos delictivos.
La ley de víctimas provincial nos interpela a una estructura institucional suficiente para hacer efectivos los derechos que promulga, situación que podría verse comprometida ante el caudal delictivo y las exigencias sociales recayendo en el único Agente Fiscal con asiento en nuestra ciudad.
La existencia de una única Fiscalía Descentralizada encabezando todas las necesidades de una instrucción acabada, generan una sobrecarga funcional que repercute inevitablemente en los tiempos de respuesta del sistema de justicia y dificulta el cumplimiento pleno de los estándares de tutela judicial efectiva que la Constitución Provincial exige.
La creación de una nueva Fiscalía contribuye a la división racional de las cargas del trabajo y facilita la capacidad operativa del Ministerio Público fiscal.
Asimismo, analizando las estructuras vigentes en los departamentos judiciales que conforman el sistema judicial de la Provincia, advertimos la existencia de localidades con menor densidad demográfica y menor volumen de litigiosidad que cuentan con dos fiscalías, lo que pone de manifiesto una situación desigual en territorio en tanto de desigualdad en la prestación del servicio de justicia. En particular, la ciudad de Colón, cuenta con dos Agentes Fiscales pese a tener una población significativamente inferior.
La presente iniciativa se inscribe en una política de fortalecimiento integral del servicio de justicia en la ciudad de Chacabuco, tendiente a consolidar la estructura funcional completa en relación a la cantidad poblacional de Chacabuco. En este orden, la creación de una segunda fiscalía y una defensoría oficial permitiría dotar al partido de las herramientas institucionales necesarias para atender la creciente demanda judicial, al tiempo que también favorece la implementación de espacios adecuados para la realización de entrevistas especializadas en las que podrían verse involucrados niños, niñas y adolescentes (salas acondicionadas para Cámara Gesell). Ello resulta fundamental para garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos y a participar en procesos que los involucren, conforme los principios consagrados en la Convención sobre los derechos del Niño, legislación nacional y provincial vigente.
Es menester destacar la crítica situación actual que atraviesan las Unidades Fiscales, con asiento en la localidad de Junín, las cuales debido al aumento de los índices de delitos, se encuentran desbordadas por el cúmulo de causas asignadas para su investigación, y sumado a la lejanía geográfica con el resto de las localidades integrantes del Departamento Judicial, implica una limitación al normal y eficaz funcionamiento del sistema judicial, que se traduce en falta de respuesta y resolución de los hechos delictivos acaecidos en el Departamento Judicial Junín.
En particular, la ciudad de Chacabuco, se encuentra a 54.7km de la ciudad de Junín. En este supuesto, la descentralización tendría efecto más que beneficioso en cuanto potenciaría la etapa de instrucción.
Finalmente, debemos tener en cuenta que la única Fiscalía con asiento en la localidad de Chacabuco -Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 11-, se encuentra de turno permanente los 365 días del año, generando un desgaste de recurso humano en su personal y en la eficacia de su trabajo, repercutiendo directamente en el derecho constitucional de la víctima de acceso a la justicia.
Los índices de litigiosidad registrados y mencionados ut supra, así como las particularidades demográficas, en el marco de la creciente conflictividad social debido a la crisis económica que nos encontramos atravesando, hacen viable la creación de una nueva Fiscalía Descentralizada en la ciudad de Chacabuco a fin de dar una rápida respuesta a la ciudadanía cuando fueren víctimas de distintos ilícitos penales.
Reiteramos entonces que, en este contexto, la creación de una nueva Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio -descentralizada en Chacabuco- garantizará a todos los ciudadanos el acceso irrestricto y pleno a sus servicios, bajo criterios de descentralización y fortalecimiento de las prestaciones en cada Municipio, con reasignación de los recursos humanos, físicos y funcionales para permitir un contacto directo, ágil y resolutivo entre los ciudadanos y los funcionarios de la Justicia.
La presente reforma implica una mejor implementación de los principios de descentralización del Servicio de Justicia, celeridad en la respuesta, concentración de los recursos que deben intervenir ante un mismo requerimiento e inmediatez entre el ciudadano y el servicio de justicia.
Por las consideraciones expuestas, solicito a los diputados y diputadas que me acompañen con su voto en la presente iniciativa.