CAMBIOS EN LA FACTURACIÓN

Ordenaron a la Cooperativa Eléctrica abstenerse de incluir algunos servicios a la factura de luz

Como por ejemplo los referidos a ambulancia, sepelio, enfermería entre otros. La Institución analiza recurrir la resolución.

A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, se conoció una medida que el Directorio del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) tomó para con la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco.

En el artículo primero detalla que ordena a “COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CHACABUCO LIMITADA, abstenerse de incorporar los conceptos ajenos “Ambulancia”, “Sepelio”, “Nicho/Cementerio”, “Enfermería”, “Agua Potable en O’Higgins”, “Agua Potable en Castilla” y “Cuota Capital” en las facturas de energía eléctrica por no cumplimentar los recaudos establecidos en la normativa vigente aplicable”.

En el articulo segundo advierte que deberá dar estricto cumplimiento, en tiempo y forma, a lo ordenado en el artículo 1°.

Entre los considerandos, el OCEBA asegura que “el marco regulatorio eléctrico de la provincia de Buenos Aires, Ley 11769, contempla la posibilidad de incluir conceptos ajenos, pero bajo límites y exigencias bien delimitadas. Podrán incluirse en las facturas conceptos ajenos a la prestación del servicio público, cuando tal procedimiento hubiera sido expresa e individualmente autorizado por el usuario y aprobado por el Organismo de Control y siempre que se permita el pago por separado de los importes debidos exclusivamente a la prestación del suministro eléctrico

Además agrega que “La falta de pago de cualquier concepto ajeno al precio dela energía consumida por el usuario, no podrá constituir causal de incumplimiento habilitante para la interrupción o desconexión del suministro a dicho usuario”.

Con respecto a la Cuota Capital el OCEBA comunicó a la Cooperativa que “…de solicitarse la
incorporación de este concepto, deberá acompañarse copia del Acta de Asamblea que dispuso la creación de la misma y su aprobación por los socios, con expresa indicación del destino para el cual fue creado dicho concepto, a efectos de verificar si el mismo, es efectivamente ajeno al servicio eléctrico o si, por el contrario se encuentra o puede estar ligado directa o indirectamente a este…”;

La Cooperativa en el presente caso, no acreditó haber dado cumplimiento a lo “ut supra” señalado;
Que en tal sentido, cabe destacar que de la documentación aportada por la Cooperativa si bien surge la creación del concepto denominado Cuota Capital, no acredita su destino”
agrega la resolución.

Desde la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco informaron que la Entidad está analizando la posibilidad de recurrir en forma administrativa dicha resolución.-

Comentarios

  1. ¿¿ Cómo van a suprimir sepelios y
    nichos ??.
    Después lo quieren cobrar en el Municipio a Precios Incalculables,
    Sin contar que no toman en cuenta el tiempo que muchos llevan pagando hace AÑOS,
    Bien ganado tienen ese servicio los usuarios

  2. Otra de las aberraciones q’ cometen los políticos sin distinción de partido, frente o agrupación, en nada les importa la gente, como de costumbre alejados de la realidad del pueblo. Hagan una encuesta y verán q’ el 99% de la gente esta conforme con pagar sepelio y nicho. Una vez mas orinando fuera de la lata. SINVERGUENZAS

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