JUDICIALES

Mañana entra en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil: ¿Qué podría pasar con los menores en Chacabuco?

Lo que hay que saber.

Este lunes entrará en vigencia en Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, que reemplaza al sistema establecido por la Ley 22.278 y establece un nuevo marco para el tratamiento de adolescentes que cometen delitos.

La principal modificación está vinculada con la edad de punibilidad. A partir de la entrada en vigencia del nuevo régimen, los adolescentes de entre 14 y 17 años que cometan delitos podrán quedar sujetos a un proceso penal juvenil, mientras que los menores de 14 años continuarán siendo inimputables.

El nuevo sistema busca no solamente establecer sanciones, sino también promover la responsabilización del adolescente, su educación, capacitación laboral y reinserción social. Los procesos deberán contar con abogados especializados y tendrán carácter reservado, por lo que no podrán difundirse públicamente datos que permitan identificar al menor involucrado.

Además, se establece que los adolescentes no podrán ser alojados junto con personas adultas privadas de su libertad y tendrán derecho a ser escuchados y contar con defensa desde el inicio del proceso.

Penas alternativas a la prisión

El nuevo régimen establece distintas medidas y sanciones, priorizando aquellas que no impliquen el encierro. Entre ellas se encuentran las amonestaciones, la prohibición de acercamiento a la víctima, restricciones para conducir vehículos, prohibiciones de concurrir a determinados lugares o salir del país, trabajos comunitarios, dispositivos de monitoreo electrónico y la posibilidad de reparar económicamente el daño ocasionado a la víctima.

La privación de la libertad queda reservada para los casos de mayor gravedad y contempla diferentes modalidades, como el arresto domiciliario, el alojamiento en establecimientos abiertos o el cumplimiento de una pena en institutos cerrados destinados exclusivamente a adolescentes.

El régimen también establece que no podrá aplicarse prisión perpetua a los menores de edad, fijándose un límite máximo de 15 años de privación de libertad.

También existen alternativas al juicio

La nueva normativa contempla mecanismos que permiten evitar la continuidad de un proceso penal tradicional en determinados casos.

Uno de ellos es la mediación, mediante la cual la víctima y el adolescente pueden arribar a un acuerdo de reparación con intervención judicial. Esta alternativa está prevista para determinados delitos y requiere, entre otras condiciones, la aceptación de la víctima.

También se contempla la suspensión del proceso a prueba, mediante la cual el adolescente debe cumplir determinadas condiciones durante un período establecido, como realizar tareas comunitarias, estudiar o capacitarse. Si cumple con las pautas impuestas, la causa puede finalizar sin una condena.Las víctimas, por su parte, tendrán derecho a ser escuchadas durante el proceso, contar con asistencia jurídica y acceder a acompañamiento psicológico.

Qué cambia en la práctica

De acuerdo con averiguaciones realizadas por Chacabuco en Red, uno de los principales cambios del nuevo régimen es que la modificación no se limita a las penas que pueden recibir los adolescentes, sino fundamentalmente a la edad a partir de la cual pueden ser sometidos a un proceso penal.

En términos prácticos, un adolescente de 14 años que cometa un delito podrá tener una causa penal. Por ejemplo, ante una pelea entre dos alumnos en una escuela en la que uno de ellos golpee al otro y le provoque lesiones, el hecho podría dar lugar a la intervención de la Justicia Penal Juvenil.

Sin embargo, esto no significa que todos los adolescentes que cometan un delito vayan automáticamente a prisión. Según pudo saber Chacabuco en Red, a partir de la apertura de una causa existen distintas herramientas que puede utilizar la Justicia, que van desde una sanción hasta mecanismos alternativos como la mediación con la víctima, dependiendo de la gravedad del hecho, las circunstancias y los antecedentes del adolescente.

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