RESOLUCIÓN JUDICIAL

Las cooperativas eléctricas bonaerenses deben suspender los aumentos de luz

A raíz de una medida cautelar solicitada por la Defensoría del Pueblo bonaerense, las empresas distribuidoras eléctricas deberán compensar a los usuarios por los incrementos que hayan percibido a partir del 1 de agosto.

Confirmando una medida cautelar dispuesta el 18 de septiembre pasado, la Justicia bonaerense aclaró que la suspensión de los aumentos de luz establecidos en esta disposición incluye a las cooperativas eléctricas de la provincia de Buenos Aires, entre ellas la de Chacabuco. Esto significa que deberá restablecerse el cuadro tarifario que regía hasta comienzos de agosto pasado.

Diez días atrás, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo de Agustín López Coppola, hizo lugar a una presentación realizada por el defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, quien solicitó suspender los alcances de la resolución provincial 585/26, que establecía un nuevo cuadro tarifario a partir del 1 de agosto. La objeción que hizo la Defensoría fue que el gobierno bonaerense no realizó una audiencia pública ni habilitó un mecanismo formal de participación de los usuarios antes de disponer las subas.

“Hace diez años que no se realiza una audiencia pública. Pretender justificar constantes subas en una ‘tarifa de transición’ por tiempo indefinido desnaturaliza el derecho a la información de los usuarios” consideró la resolución de López Coppola.

El fallo había alcanzado inicialmente a EDES, Edelap, EDEA y EDEN, las cuatro distribuidoras bajo jurisdicción provincial que habían quedado comprendidas en la resolución tarifaria. Lo que sucedió en los últimos días fue que, ante un pedido de aclaratoria formulado por la Defensoría, el juez manifestó que la suspensión de los aumentos de las tarifas eléctricas también alcanza a las cooperativas prestadoras del servicio bajo jurisdicción provincial y municipal.

El magistrado también ordenó librar un oficio al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) para que comunique la medida cautelar a las cooperativas prestadoras del servicio público de energía eléctrica bajo jurisdicción provincial y municipal.

Con este marco, las empresas deberán dar marcha atrás con la actualización aplicada sobre el Valor Agregado de Distribución (VAD) y volver a facturar con los cuadros vigentes al mes de julio. Además, la resolución establece un mecanismo de compensación obligatoria, por el cual las sumas que ya hayan sido percibidas bajo el nuevo cuadro tarifario deberán ser acreditadas a favor de los clientes en la liquidación de la próxima boleta.

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