Según informó De Chivilcoy, la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires fue condenada por la Justicia bonaerense en una causa por bullying escolar iniciada por la familia de un joven de Chivilcoy que denunció haber sufrido agresiones físicas, burlas, amenazas y hostigamientos sistemáticos mientras cursaba en la Escuela de Educación Técnica N°1 “Mariano Moreno”.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Mercedes, a cargo del juez Luis Oscar Laserna. En el fallo, el magistrado reconstruyó una serie de episodios ocurridos entre 2011 y 2012, durante los cuales el alumno denunció empujones, golpes, escupitajos y agresiones verbales por parte de compañeros que lo hostigaban por ser “muy estudioso” y “no plegarse a hacer lío”.
Según la demanda, uno de los hechos más graves ocurrió el 28 de septiembre de 2011, cuando el joven recibió el impacto de un borrador arrojado en plena clase de ciudadanía. Los padres cuestionaron que, pese a la situación, el docente continuó con la lección sin adoptar sanciones, llamado de atención ni medidas disciplinarias.
El expediente también da cuenta de reuniones mantenidas con autoridades educativas, pedidos de intervención y cambios de turno y de establecimiento que, según la familia, terminaron revictimizando al estudiante. “Era su hijo quien resultaba hostigado y, no obstante, ello, se lo obligaba a modificar su turno de cursada”, dice el fallo.
La Provincia rechazó la demanda y sostuvo que no existió bullying sino “hechos aislados”, además de atribuir los padecimientos del alumno a una “patología de base” vinculada a una fobia social.
Sin embargo, el juez destacó distintos testimonios incorporados al expediente que describieron hostigamientos permanentes dentro del aula y en recreos. Un excompañero declaró que al joven “lo molestaban mucho, lo volvían loco” y que las agresiones ocurrían “casi todos los días”.
La sentencia también ponderó informes psicológicos y certificados médicos que diagnosticaron un “trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo” y síntomas de evitación fóbico-social vinculados a “episodios violentos ocurridos dentro del establecimiento educativo”.
En ese contexto, el alumno dejó de asistir a clases, recibió escolaridad domiciliaria y debió iniciar tratamientos psicológicos y psiquiátricos.
Además, Laserna rechazó el planteo de prescripción formulado por la Fiscalía de Estado y sostuvo que la familia tomó verdadera dimensión del daño recién cuando comenzaron a manifestarse de manera evidente las consecuencias psicológicas sufridas por el adolescente.
En consecuencia, hizo lugar parcialmente a la demanda indemnizatoria promovida por la familia del joven y ordenó reparar los daños derivados de los padecimientos sufridos durante su trayectoria escolar.