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La Anmat prohibió una reconocida marca de aceite de oliva ¿Cuál es y por qué?

Así se refleja en el Boletín Oficial.

Fue a través de la Disposición 4124/2024, publicada en el Boletín Oficial este miércoles 12 de junio con la firma de su titular Nélida Agustina Bisio. Allí la Anmat explicó que se encuentra prohibida la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea, del producto.

El mismo es “Aceite de Oliva extra virgen marca “Chango”, RNE N° 12000579, RNPA N° 1200612, Chilecito – La Rioja” y, según el organismo, la decisión se tomó luego de investigar y analizar que el producto carece de registros sanitarios y esta falsamente rotulado al consignar en el rotulado un RNPA inexistente y un RNE correspondiente a un establecimiento no autorizado para la elaboración del mismo.

La investigación comenzó a partir de la consulta de un consumidor ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), donde se constató que el producto elaborado en La Rioja, carecía de registros sanitarios y presentaba datos falsos en su rotulado, “resultando ser un producto ilegal”.

De este modo, el organismo señaló que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.

Fuente: Infocielo

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