JUDICIALES

Condenaron a 9 años de prisión al conductor de la lancha que mató al hijo de Federico Storani

El tribunal decidió que Pedro Torres Lacal sea detenido una vez que el fallo que de firme. Sin embargo, no podrá abandonar el país ni ausentarse de su domicilio por más de 24 horas.

Más de siete años y medio después de la trágica madrugada en el Delta de Tigre, el empresario Pablo Torres Lacal fue condenado este viernes a nueve años de prisión por triple homicidio simple con dolo eventual. La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Isidro. El acusado quedará preso una vez que el fallo quede firme en Casación. No obstante, se ordenó que no podrá abandonar el país ni ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin autorización.

En la noche del 31 de marzo de 2016 en el Delta de Tigre,producto del choque de lanchas en el canal Vinculación del Delta de Tigre, perdieron la vida Manuel Storani, el hijo de 14 años del dirigente radical Federico Storani; la madre del menor Ángeles Bruzzone y Francisco Gotti -un amigo del acusado-.

Pasadas las 13 de este viernes, la lectura del veredicto se recibió bajo una tensa expectativa en la sala grande de audiencias del entrepiso de los Tribunales de San Isidro, con familiares y amigos de ambas partes separados dentro del lugar por un pasillo de un metro. “Se resuelve condenar a Pablo Gabriel Torres Lacal a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual, ordenando su detención, una vez que el fallo sea confirmado por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires”, dictaron los jueces Sebastián Urquijo, Alberto Ortolani y Gonzalo Aquino por unanimidad.

Minutos después de la condena, Fredy Storani, visiblemente emocionado -y acaso aliviado- por la situación, expresó: “Llegué con una mezcla de angustia y expectativa. Pero este tribunal actuó rápido y bien. Peleamos mucho en el marco de las instituciones y el estado de derecho. Muchos casos como estos quedan impunes. Si bien es un alivio, nada me devuelve la vida de Manuel. Cambiaría todo esto por un abrazo”.

En la sentencia de 199 páginas, los jueces dieron por comprobado que el imputado, al mando de su lancha Shark II, en la que viajaba junto a Gotti y Hernán Di Rico, manejó esa madrugada por el canal Vinculación con dirección al arroyo Pajarito -entre las 23 horas del 31 de marzo y las 12:15 del 1 de abril de 2016- a “gran velocidad y realizando movimientos ondulantes de tipo ‘zigzag’ hacia ambos márgenes -marcando una trayectoria incierta e imprevisible de la embarcación- en un lugar que -atento el horario y características geográficas- era casi nula la visibilidad”.

Por otro lado, la Mad II, la embarcación embestida, navegaba por el Vinculación en sentido al río Luján y recibió el impacto de proa de la Shark II por la banda derecha. Allí timoneaba Lucas Sorrentini y lo acompañaban Ángeles, Manuel, Alejandro ObludzynerFederica Obludzyner y Mariela Cassina. El impacto fue letal. Ángeles, Manuel y Francisco Gotti murieron en el acto.

FUENTE: INFOBAE

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