A lo largo de la presentación se establece que, de aprobarse la Ley, una persona deberá registrarse aportando su nombre, apellido, número de DNI y domicilio real. Mientras que para la comprobación de la información deberán solicitarse datos biométricos como mecanismo de comprobación de la identidad, que deberán ser solicitados cada vez que se ingrese a la página de juego online.
El registro de datos deberá estar conectado con la base de información de los organismos que la Autoridad de Aplicación considere oportunos, y se prohíbe la publicidad, patrocinio y promoción de los juegos online en medios de comunicación audiovisuales, páginas web, aplicaciones y contenidos digitales de la Provincia de Buenos Aires dirigidos a niños, niñas y adolescentes; en la vía pública, espacios públicos y espacios de acceso público con alcance a niños, niñas y adolescentes; en eventos masivos deportivos, musicales, artísticos, culturales en los que participen niños, niñas y adolescentes y en equipos deportivos, jugadores individuales y clubes sociales.
En ese sentido, el presidente del Bloque de Senadores UCR + Cambio Federal, Agustín Maspoli sostuvo que “la normalización social del juego online, en gran medida impulsada por la promoción y la legalización, ha generado un aumento significativo en su práctica, particularmente entre las y los jóvenes”, y agregó: “ cabe destacar que las características estructurales del juego online conllevan un mayor riesgo de adicción en comparación con el juego tradicional”.
“Estamos frente a una problemática, que cada vez se hace más presente en la vida de niños, niñas y adolescentes”, explicó Lorena Mandagarán y concluyó: “buscamos salvaguardar a los menores de edad de la provincia frente a un tema que requiere de atención y respuesta urgente”.
Y como van a hacer ? los pibitos entran al boliche con DNI falso o de un amigo !! y se chupan todo …
Cómo los paras en la web ??