Aumentan las multas a quienes organicen fiestas clandestinas

Podrían llegar al millón de pesos, para quienes las organicen.

El Ejecutivo municipal firmó un decreto, el 862, en el que establece multas para organizadores y propietarios de inmuebles donde se desarrollen fiestas clandestinas. Este decreto será enviado al Concejo Deliberante para su convalidación.

El decreto establece que se prohíbe “en todo el territorio del Partido de Chacabuco la organización de fiestas privadas, bailes o cualquier tipo de espectáculos de características similares realizadas en inmuebles no habilitados para tal efecto o en la vía pública, según normativas vigentes, ya sean al aire libre o en espacios cerrados, con una concurrencia simultánea superior a las 15 personas“.

Serán sancionados:

a) Quien o quienes resulten responsables de la organización y/o difusión y/o ventas de tickets o comprobantes de pagos por el ingreso a la reunión o realización de la fiesta privada.

b) Quien o quienes resulten propietarios o titulares de dominio del inmueble donde se haya realizado o se realice la fiesta privada. Con la excepción del caso que se describe en el inciso siguiente.

c) En caso de que el inmueble donde se realice la fiesta privada se encuentre locado, quién o quienes resulten locatarios independientemente del destino que en el contrato se le haya dado a la propiedad locada.

d) Los que resulten poseedores o simples tenedores precarios del inmueble donde se haya realizado o se realice la fiesta privada.

e) Las personas físicas o jurídicas y conocidas bajo denominación de inmobiliaria o empresa inmobiliaria u operador inmobiliario que hayan intervenido en la locación del inmueble y ofrecido el mismo en alquiler como apto para el desarrollo de fiestas de fin de semana o expresiones similares.

f) Quien o quienes resulten ser comodatarios del inmueble donde se haya realizado o se realice la fiesta privada independientemente del destino indicado en el contrato.

g) Las personas físicas o jurídicas que por cualquier medio gráfico o audiovisual o proveyendo insumos actúen como auspiciantes de las fiestas privadas.

h) Las personas físicas o jurídicas que alquilen o provean de cualquier forma equipos de sonido necesarios para la transmisión de música envasada o en vivo y cualquier otra persona física o jurídica que provea bienes o insumos necesarios para el desarrollo de la fiesta privada.

i) Las personas físicas concurrentes que participen de las fiestas privadas

El Juzgado de Faltas Municipal, determinará la aplicación de sanciones pecuniarias, secuestro y/o decomiso de mercadería y equipos,  el desalojo del lugar con auxilio del personal del Cuerpo de Inspectores Municipales y/o de la fuerza pública y toda otra medida que estime.

Los montos de las multas para organizadores y propietarios oscilarán entre el equivalente a 8.500 y 15.000 litros de nafta especial, lo que al día de hoy serían entre 580 mil y 1 millón de pesos aproximadamente.

Con respecto a las personas que participen de estas fiestas la multa oscilará entre las 850 y 1.500 unidades fijas, que al día de hoy serían entre 58 mil y 102 mil pesos.

Los montos recaudados serán destinados a un “Fondo COVID” que solventará gastos que demande la Pandemia.

Comentarios

  1. SI SON POBRES , PORQUE QUE YO SEPA AL DEL NEGOCIO GRANDE DE LA ALSINA QUE INFECTO MEDIO CHACABUCO NO LE COBRARON NADA, A LO MEJOR LO HICIERO Y NO LO INFORMARON O SE LO DESCONTARON DE LO QUE HABRÍA PUESTO PARA LA CAMPAÑA.

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