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Anmat prohibió la venta de una azúcar que tenía piedras y otros objetos extraños

La medida de Anmat fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El artículo se encontraba falsamente rotulado.

A través de la Disposición 6478/2022, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de una azúcar en todo el país.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y las actuaciones se iniciaron luego de que un usuario denunciara haber encontrado piedras y otros objetos extraños en uno de los paquetes.

Según consigna el organismo de control, tras realizar las investigaciones pertinentes, se constató que el producto “Azúcar común tipo A. Marca: Don Pedro” se encontraba “falsamente rotulado” al consignar registros inexistentes.

En rigor, quedaron vetados todos aquellos artículos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 23000981 y RNPA N° 23075071 en cualquier presentación y cualquiera sea su lote y fecha de vencimiento.

“Al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte de Argentina, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República”, explicita la norma.

Además, aclara que Anmat dispone medidas de esta naturaleza cada vez que se trata de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración y su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad.

Dos aceites prohibidos

Esta semana, Anmat también prohibió la venta de dos aceites de oliva considerados productos ilegales a través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.

El primero de ellos fue publicado en la Disposición 6410/2022, donde la entidad prohibió el “Aceite de oliva extra virgen- Primera prensión en frío” y “Aceto Balsámico”, ambos de marca “San Juan oliva”, elaborados y envasados por Campo de Olivos S.A”, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados.

En segundo lugar, por medio de la Disposición 6437/2022, se prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva”, marca: “Estancia Los Lagos”, Envasado por Sol y Oro S.A., Roque Saenz Peña 4945, La Tablada – Buenos Aires”.

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