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ANMAT prohíbe distintos productos para el cabello y para la higiene personal

Mirá el listado de productos en esta nota.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización, publicidad y distribución de una amplia variedad de productos cosméticos en todo el territorio nacional, al constatar que no cuentan con la inscripción sanitaria correspondiente.

Las medidas fueron oficializadas el 23 de enero de 2026, a través de las Disposiciones 96/2026, 95/2026 y 94/2026, y alcanzan a productos para el cabello, cuidado personal, higiene y perfumería de distintas marcas.

Productos de la marca “KERATIN LISS”

Mediante la Disposición 96/2026, ANMAT prohibió los siguientes productos capilares:

  • Botox Capilar Revitalización total del cabello
  • Alisado Definitivo
  • Alisado Thermal Japonés
  • Alisado 3D Plastificado
  • Shock de Keratina
  • Shampoo Neutro

Según se informó, se trata de productos ilegítimos no inscriptos ante el organismo, por lo que la prohibición alcanza a todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, hasta tanto sean regularizados.

Productos de la marca “LEAGUS COSMETICS”

A través de la Disposición 95/2026, se prohibió una extensa lista de productos de la marca LEAGUS COSMETICS, entre ellos:

  • Shampoos, acondicionadores y baños de crema
  • Productos con biotina, colágeno, argán y keratina
  • Protectores térmicos
  • Activadores de rulos y ampollas capilares
  • Botox capilar
  • Distintos tipos de alisados y tratamientos de shock de keratina

Al igual que en el caso anterior, ANMAT señaló que ninguno de estos productos cuenta con autorización sanitaria, lo que impide garantizar su seguridad y calidad.

Riesgo para la salud

Desde el organismo advirtieron especialmente sobre los alisadores para el cabello, ya que podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante, una sustancia no permitida debido a sus efectos tóxicos y nocivos tanto para los usuarios como para quienes los aplican.

Productos de las marcas “RE!”, “EL ÁRBOL” y “AROMAS DE LA TIERRA”

Por medio de la Disposición 94/2026, ANMAT también prohibió numerosos productos cosméticos de las marcas RE!, EL ÁRBOL y AROMAS DE LA TIERRA, tras una denuncia recibida por el área de Cosmetovigilancia.

Entre los productos alcanzados se encuentran:

  • Pastas dentales, enjuagues bucales y desodorantes
  • Protectores solares y repelentes
  • Cremas faciales y corporales
  • Shampoos, acondicionadores y productos capilares
  • Geles de limpieza, tónicos, sérums y mascarillas faciales
  • Perfumes y blends corporales

El organismo informó que estos productos no están registrados, carecen de inscripción sanitaria en sus rótulos y no identifican al establecimiento elaborador, lo que impide asegurar su eficacia, seguridad y el cumplimiento de la normativa vigente.

Medida preventiva

ANMAT remarcó que la prohibición tiene como objetivo proteger la salud de los consumidores, ante los riesgos que implica el uso de cosméticos sin autorización sanitaria y potencialmente peligrosos.

Se recomienda a la población no adquirir ni utilizar estos productos y verificar siempre que los cosméticos cuenten con la correspondiente inscripción sanitaria antes de su compra.

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