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Una serie de hechos ocurridos en dos municipios ponen en duda el aumento de tasas votado en Chacabuco

En uno de los casos, el intendente de Mercedes vetó la ordenanza impositiva que él mismo había impulsado luego de que en la asamblea de concejales y mayores contribuyentes la votación terminó empatada.

Una serie de hechos ocurridos recientemente en dos municipios bonaerenses plantean serias dudas acerca de si en la asamblea de concejales y mayores contribuyentes que se hizo el martes pasado en Chacabuco el aumento de tasas y la creación de la Tasa de Salud fueron legalmente aprobados o si, por el resultado de la votación, se trató de un rechazo.

El caso Mercedes

Yendo a lo sucedido en los otros municipios, el 12 de diciembre pasado se realizó en Mercedes una asamblea de concejales y mayores contribuyentes para tratar el aumento de tasas para el ejercicio 2026. A la hora de los votos se registró un empate en 18 que, como ocurrió esta semana en Chacabuco, fue interpretado como una aprobación por considerarse que, ante la paridad, el voto del presidente del Concejo Deliberante, que representa al oficialismo, debía computarse doble.

Lo sorprendente del caso es que pocos días después, el intendente de Mercedes, Juan Ignacio Ustarroz, que pertenece a Unión por la Patria, asesorado por el área legal del municipio, dispuso a través de un decreto vetar la Ordenanza Impositiva, la cual contenía los aumentos y había sido presentada por él mismo.

¿Por qué lo hizo? Ustarroz señaló la existencia de una “nulidad absoluta” por el incumplimiento de un requisito constitucional esencial en su votación. Según explicó, dado que la asamblea de mayores contribuyentes de Mercedes tiene un total de 36 miembros, se debió llegar a una mayoría absoluta de votos, que como mínimo debía ser 19 (o sea, la mitad más uno del total de miembros), para poder aprobar la ordenanza.

Acerca de esto, sostuvo que el artículo 193 de la Constitución Provincial es específico y prima sobre los reglamentos internos, exigiendo una “mayoría absoluta de votos” de la totalidad de los miembros. Además, argumentó que la facultad del presidente del Concejo Deliberante para desempatar, que es común en sesiones ordinarias, no es aplicable a la asamblea de ediles y mayores contribuyentes cuando se trata de crear o aumentar tasas.

Tras este veto, el Ejecutivo de Mercedes anuló la asamblea original y convocó a una sesión preparatoria y a una nueva asamblea, que se realizó el lunes 29 de diciembre pasado. En ella, y luego de una serie de negociaciones con sectores de la oposición, la Ordenanza Impositiva fue aprobada correctamente, con un resultado de 20 a 4, quedando así blindada legalmente.

El caso Azul

Volviendo al veto, la decisión de Ustarroz también se basó en jurisprudencia reciente sobre otro hecho relacionado con estos temas. Se trata del caso de Azul. ¿Qué pasó en ese municipio? A finales de 2023 una asamblea de concejales y mayores contribuyentes trató un proyecto que disponía para el ejercicio 2024, entre otras cosas, la creación de una tasa, llamada de Servicios Esenciales. En ese caso, la asamblea de concejales y mayores contribuyentes tenía 36 miembros, y la votación fue de 17 a 16 en favor de la aprobación.

El proyecto aprobado motivó airados reclamos de sectores de la sociedad, especialmente el rural, y motivó una presentación judicial que tuvo como primera respuesta un fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Azul que dispuso reducir el monto de la tasa un 50 por ciento.

Las cosas no quedaron allí, pues la resolución del juez fue objetada por los reclamantes y el 27 de noviembre pasado la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata revocó el fallo del Juzgado de primera instancia y declaró inválida la Tasa de Servicios Esenciales para quienes promovieron la acción judicial. El argumento principal fue que las ordenanzas que instituyeron la tasa se aprobaron sin cumplir con la mayoría constitucional requerida para la creación de tributos municipales. En el caso de la asamblea de concejales y mayores contribuyentes de ese municipio, para tener mayoría se hubiesen requerido al menos 19 votos.

El fallo dejó las puertas abiertas para que los litigantes soliciten el reintegro de lo que abonaron por la tasa, lo mismo que quienes se sumen al reclamo.

El caso Chacabuco

Los casos de Mercedes y Azul tienen muchas semejanzas con lo ocurrido en Chacabuco, con la diferencia de que aquí, al menos hasta ahora, el empate en 17 de la asamblea del martes último fue interpretado como la aprobación de las ordenanzas que dispusieron los aumentos de tasas y la creación de la Tasa de Salud. La duda es qué pasaría si el caso llega al ámbito judicial, ya que, como en Mercedes y en Azul, los integrantes de la asamblea de Chacabuco son 36, por lo que la mayoría absoluta debió ser 19.

Un agravante es que la asamblea de concejales y mayores contribuyentes que se hizo a comienzos del año pasado para tratar el aumento de tasas del ejercicio 2025 también finalizó empatada, y por considerarse que el voto del presidente del Concejo, Tomás Domínguez, valía doble, se consideró aprobada y los incrementos se aplicaron. Algo similar habría ocurrido en una de las asambleas que se hicieron para tratar aumentos durante la gestión del exintendente Víctor Aiola.

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