“Si no se le cae una idea al menos tenga la decencia de reconocer nuestras propuestas”

El concejal Martín Carnaghi criticó con dureza a su par de Juntos por el Cambio, Rodolfo Serritella.

Esta noche en su perfil de Facebook, el presidente del bloque de Unidad Ciudadana, Martín Carnaghi público una respuesta a la nota que el concejal Rodolfo Serritella realizó con el Diario de Hoy.

La polémica llega porque Serritella plantea la posibilidad de rediscutir un proyecto de ordenanza de agroquímicos que se aprobó en 2017.

Carnaghi plantea que esa propuesta la realizó su bloque en 2018 y que desde ese momento el bloque de Juntos por el Cambio no tiene la voluntad de aprobar.

La publicación del concejal dice:

“Necio. Definición: Que insiste en los propios errores o se aferra a ideas o posturas equivocadas, demostrando con ello poca inteligencia.

Celebramos que el concejal Serritela se haya dado cuenta que la ordenanza sobre aplicación de agroquímicos que su mismo bloque sancionó en 2017, no solo tiene muchos aspectos para corregir sino que no se está cumpliendo en lo mas mínimo. La ordenanza se puede mejorar, pero está claro que no hay peor ordenanza que la que no se aplica. De esto es responsable Cambiemos.

Le sugiero que si no se le cae una idea al menos tenga la decencia de reconocer nuestras propuestas y trabajemos juntos para ponerlas en practica. Los vecinos nos reclaman mayor capacidad de diálogo y grandeza para gestionar soluciones.

Les dejo el texto completo de nuestro proyecto, presentado en octubre de 2018, que actualmente está en la comisión de Medio Ambiente, parado por la inacción del concejal Serritella. Exigimos que deje de vender humo y se apruebe en la próxima sesión, si tan preocupado está por el tema.

Chacabuco, 22 de octubre de 2018
VISTO:
La sanción de la Ordenanza N° 7.077/17 “BUENAS PRACTICAS AGRICOLAS:
APLICACIONES PERIURBANAS EN EL PARTIDO DE CHACABUCO”.
CONSIDERANDO:
Que a excepción de la Constitución Nacional, en su parte denominada pétrea, no existen
normas en nuestro ordenamiento que deban considerarse estáticas, máxime cuando se trate
de una ordenanza municipal que regula prácticas verificables en la vida cotidiana de nuestras
vecinas y vecinos, especialmente de las localidades y zonas rurales.
Que transcurrido un tiempo prudencial desde la aprobación de la norma en cuestión,
corresponde realizar una evaluación del cumplimiento de su objeto, su adecuación a la
realidad y los efectos de hecho producidos por la ordenanza en las prácticas agrícolas.
Que es responsabilidad de este Cuerpo Deliberativo, lograr marcos jurídicos locales efectivos
para la protección de la salud de la ciudadanía, especialmente en los sectores de mayor
vulnerabilidad según el ámbito de la realidad que se pretenda abordar.
Que, finalmente y como consecuencia de ello, resulta necesaria la constitución de una
Comisión Permanente de Seguimiento de la Ordenanza 7.077/17 a los efectos de una
posterior actualización tendiente a proteger a la ciudadanía, los trabajadores y trabajadoras
vinculados a la temática, la flora y la fauna locales.
POR TODO LO EXPUESTO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE UNIDAD CIUDADANA, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, PROPONE EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1) Constitúyase la Comisión Permanente de Seguimiento y Control de Cumplimiento de
la Ordenanza Nº 7.077/17.
Art. 2) La misma estará integrada por un miembro de cada uno de los bloques del Cuerpo
Deliberativo y un miembro postulado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo se
le dará participación a asociaciones vinculadas con el cuidado del ambiente, Colegios de
Profesionales vinculados a la materia, organizaciones intermedias y a vecinos y vecinas en
general que tengan intenciones de realizar aportes y sugerencias.
Art. 3) La Comisión tendrá facultades para solicitar informes al Departamento Ejecutivo
Municipal, los cuales deberán ser contestados con la máxima celeridad a los efectos del
cumplimiento de la presente. Específicamente sobre las facultades que han sido delegadas
en él por la Ordenanza 7077/17.
Art. 4) El objetivo final de la Comisión será el seguimiento, control, actualización, adecuación
y/o modificación de actual norma vigente.
Art. 5) La Comisión se reunirá cada 45 días, o a pedido de alguno de sus integrantes
motivado por alguna contingencia vinculada a la materia de la presente.
Art. 6) Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y para que
designe miembro participante.
Art. 7) De Forma”.

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