JUDICIALES

Se conocieron las pericias toxicológicas del caso de Martina Sabino

La causa está caratulada como Homicidio Culposo.

Esta semana se conocieron los resultados de las pericias toxicológicas realizadas a Martin Prieto y a Martina Sabino en el caso que le costo la vida a la joven vecina.

El informe de la pericia dice que Martin Prieto no tenía al momento de la toma de muestras alcohol en sangre ni tampoco rastros de cocaína, marihuana ni opiáceos. Más allá de estos resultados, es de suma relevancia el dato de que Prieto estuvo más de 24 horas prófugo, por lo que, si hubiese estado alcoholizado al momento de atropellar y matar a Martina Sabino, tampoco hubiera salido en los resultados. Las muestras fueron tomadas el día 28 de Noviembre de 2022 a las 12:47hs., más de 30 horas luego de sucedido el hecho.

La joven Sabino tampoco tenía rastros de estupefacientes en los análisis tomados, aunque si un 0,6 de alcohol en sangre, dato que carecería de relevancia ya que no se trató de un accidente entre dos vehículos.

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Mientras se espera la sentencia definitiva y la elevación a juicio, los jueces Jorge Gini y Rafael Paita dieron lugar al recurso planteado por el abogado defensor, Hernán Sibiglia, y revocaron el fallo de la Jueza del Juzgado de Garantía Nº2 del Depto. Judicial Junín otorgándole así la excarcelación a Martín Prieto argumentando, entre otras cosas, que no hay peligro de fuga ni de que el imputado entorpezca la causa judicial.

Los abogados de la familia Sabino sostienen que los jueces no tuvieron en cuenta un antecedente que pesa sobre el imputado aunque, en la resolución a la que accedió Chacabuco en Red, los magistrados dicen tener conocimiento de este hecho, pero afirman que en la resolución original de la Jueza no figuran datos concretos que justifiquen la decisión por ella tomada en primera instancia.

Los letrados Elena, Fernández y González dicen además que posiblemente la fuga definitiva de Prieto luego del hecho no fue posible por la rotura de un neumático, cosa que, de no haber sucedido, hubiese realizado.

No se ha puesto en tela de juicio la existencia de un antecedente penal que registra el imputado Prieto, no obstante ello, la ausencia de datos concretos sobre el supuesto pronunciamiento condenatorio que registraría Héctor Martin Prieto, nos exime de analizar el acierto o no del análisis posterior desarrollado por la juez garante sobre la incidencia de esa sentencia ante una nueva condena y los riesgo procesales que válidamente permitiría inferir. Pero lo cierto es que la juez de la instancia se limitó a mencionar que Prieto registraba una condena anterior de ejecución condicional, omitiendo expresar la fecha de su imposición, organismo jurisdiccional que la dicto, monto y tipo de pena, invalidando de esa manera la conclusión sobre el riesgo procesal que la llevó a denegar la excarcelación del justiciable” dice el texto que agrega además en varios tramos diferentes garantías constitucionales por las que sostienen que Prieto no debe estar en prisión.

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