El Gobierno nacional modificó este miércoles un aspecto de la ley de Propiedad Intelectual a partir del cual ya no será obligatorio el pago de un canon a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic) para reproducir o ejecutar música en eventos privados.
Mediante el decreto 765/2024, publicado en el Boletín Oficial, se informó que fue remplazado el artículo 33 de la ley de Propiedad Intelectual (11.723), que originalmente establecía que se entendía como representación o ejecución pública “aquella que se efectúe en cualquier lugar que no sea un domicilio privado y, aun dentro de éste, cuando la representación o ejecución sea proyectada o propalada al exterior”.
Sin embargo, a través de un comunicado SADAIC aclaró que los salones de fiesta si deberán pagar el canon. A continuación, el comunicado completo.
Lo gasto en aranceles de abogado
Como te alegra parasitar el trabajo de los artistas. Son un peroncho, solo que de otro color.
Lo importante es donde va ese dinero. Pagando por años x tener un TV. En un comercio gastronomico. Y sumando a SADAIC. también AADICAPIF. Dos x falta de uno, ni hablarrrrr.