Rigen las nuevas medidas ¿Que se puede y no hacer a partir de hoy?

Comienza a regir el nuevo decreto.

A partir de hoy, viernes 1 de octubre comienza a regir el nuevo decreto nacional con medidas de flexibilización.

Qué se puede y no hacer con las nuevas disposiciones

  • Sigue vigente la necesidad de mantener distancia social y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas. También es necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.
  • No podrán circular las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” de Covid-19.
  •  Se autorizan los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes o similares, deberán contar con autorización de las jurisdicciones; todos deberán contar con un test negativo al embarcar; al regreso deberán realizar un test. Los que no tengan esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje, deberán realizar un aislamiento de siete días y otro testeo.
  •  Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados, podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada. Además, deberán requerir a quienes concurran esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes. En Chacabuco la medida vigente es el aforo del 70%, un máximo de 1000 personas y a partir de hoy un horario límite de 5 AM.
  • En el caso de los salones de fiestas, alternativamente al esquema de vacunación, podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
  •  Los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. Si el evento se realiza al aire libre podrán deberán requerir a las personas concurrentes mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.
  •  Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
  • Se establece la presencialidad en el trabajo para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional.

Comentarios

  1. Para ir al baño te tenés que testear??? Déjate de joder!! Quien va a concurrir a una fiesta si te tenés que hisopar???? Pelotudeces, abren los boliches y otras cosas para qué??? Al p… es todo ésto!!!!

    1. No se da cuenta señora que esto es y fue todo una farsa? Que la gente que murió lamentablemente lo hizo porque NO FUE TRATADA A TIEMPO, por otras patologías y les pusieron que era covid porque había $$$$ por casos confirmados? Porque la O.M.S indicó mal los “tratamientos” , sino se da cuenta que esto es una PANDEMIA para someter al mundo a esclavitud y reducir la población mundial entonces no se, se cae de maduro, que acaso de repente como por arte de magia ya no hay más casos? Siendo que la gente ahora sale más y hay más fiestas que antes? Y no es por la vacuna, porque muchos vacunados se murieron de forma extraña estando muy bien de salud! DESPIERTE SEÑORA, DESPIERTE!

  2. Totalmente ANTICONSTITUCIONAL (artículo 19 de la CN) código civil y comercial (artículos 55, 56, 58 y 59 y lo prescripto en la ley 26 529 y su reglamentacion) e ILEGAL pedir testeos y vacunacion ya que va en contra de los tratados INTERNACIONALES de Nuremberg de 1947 y de Helsinki 1964 (modificado 2000,)
    Todos los decretos sobre la vacunacion del covid 19 promulgadas por el gobierno son totalmente ILEGALES

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