El Honorable Tribunal de Cuentas emitió en las últimas horas un falló en el que aprueba la rendición de cuentas de la Municipalidad de Chacabuco del año 2021. El Tribunal suele emitir fallos con un par de años de demora.
Sin embargo, el mismo Tribunal aplicó por irregularidades con esa rendición una multa de $60.000,00 al Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA; de $40.000,00 a la Contadora Municipal Estela Adriana FERRARI; amonestación al Secretario de Gobierno Alejo PÉREZ; a la Jefa de Compras Municipal Mariana CAMERA y al Secretario de Gobierno Carlos Ignacio ORSINI y un llamado de atención al Tesorero Municipal Juan Alfredo CHAPERO; a la Tesorera Municipal Alejandra Haide PORTERIE; al Contador Municipal Néstor Osvaldo STECHINA; al Secretario de Hacienda Esteban Alejandro GÜIDA; a la Responsable de Patrimonio Myrian Fabiana BELECHE y al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Lisandro Cristóbal HERRERA.
También aplicó un cargo de $90.928,13 por el que deberán responder el Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA en solidaridad con la Contadora Municipal Estela Adriana FERRARI por una irregularidad con un egreso de fondos.
Los multados tienen un plazo de 15 días para recurrir la resolución y 90 días para depositar los importes de las multas en el Banco Provincia.
Qué es el Tribunal de Cuentas
El Honorable Tribunal de Cuentas es el organismo designado por la Constitución Provincial para ejercer el control externo sobre la administración y gestión de los recursos públicos de la Provincia de Buenos Aires, a fin de garantizar su adecuado uso, determinar posibles responsabilidades y prevenir irregularidades.
Funciona con diferentes vocalías, pero en el caso en cuestión, intervendría la “Vocalía Municipal” que está a cargo del estudio de las cuentas de todos los municipios de la Provincia.
Entre las funciones y atribuciones del tribunal se destacan:
1. Examinar los Libros de Contabilidad y la documentación existente en las dependencias públicas provinciales o comunales o en aquellos entes que de cualquier forma perciban, posean o administren fondos o bienes fiscales.
2. Inspeccionar las mismas.
3. Realizar arqueos de caja.
4. Celebrar convenios con Organismos similares de otras jurisdicciones para la fiscalización conjunta de Entes interestaduales, sujetos a su competencia.
5. Toda otra actividad que coadyuve al cumplimiento de las funciones previstas en la Ley Orgánica.
Y son K
Como digo siempre, funcionarios,
FICHA LIMPIA!!!
Ninguno de esos funcionarios que se detallan podrían estar en una elección,
FICHA LIMPIA¡¡¡ SE ENTENDIO???