El fin de semana vuelve el confinamiento: ¿Que se podrá hacer y que no?

Habrá cambios en el horario y solo podrán abrir los comercios escenciales.

El pasado 20 de mayo, el presidente Alberto Fernández ordenó un confinamiento estricto en casi todo el país que tuvo como finalidad frenar el aumento de casos de coronavirus. Aquellas medidas fueron dispuestas entre el 22 y el 30 de mayo y volverán a repetirse durante el próximo sábado y domingo.

Quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial.

Por otra parte, estarán habilitados los comercios esenciales, mientras que los comercios no esenciales podrán utilizar el retiro en el lugar (take away). Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas. Mismo horario rige para la apertura de comercios.

Las medidas a aplicar -tal como estableció el Presidente aquel día- dependerán de la situación en la que se encuentre cada distrito del país, aunque en muchos de ellos regirán las normativas más estrictas, como en el caso de Chacabuco.

Los negocios como peluquerías, salones de belleza y otros servicios similares, donde los clientes necesariamente deben ingresar al establecimiento para ser atendidos, permanecerán cerrados. También se suspende la actividad del personal doméstico, entre otros.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 334/2021 se establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y “solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios”.

No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.

Sin embargo, se remarcó que “en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”.

Continuará vigente la prohibición de circulación nocturna, que regirá desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente. La única excepción a esta norma será para los trabajadores esenciales, quienes además podrán usar el transporte público si pertenecen a los sectores mencionados en el DNU. También podrán transitar, aunque sin usar el transporte público, las personas que cumplan diversas tareas ya estipuladas en el marco de actividades y servicios.

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