Detalles del DNU que extiende la cuarentena hasta el 28 de junio

La mayor parte del país pasará a la etapa de Distanciamiento Social.

Se conocieron los detalles del nuevo decreto de Necesidad y Urgencia que extenderá la cuarentena a partir de este lunes y que dejará en claro el marco de acción que tendrá cada una de las provincias para esta nueva etapa de apertura luego de dos meses de aislamiento obligatorio. El DNU comenzará a regir este lunes y tendrá una duración de tres semanas. En ese entonces, el presidente Alberto Fernández evaluará, en base a la situación epidemiológica, cómo seguir la lucha contra la pandemia.

Fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio

La mayor parte del país pasará a la etapa de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio. Las únicos lugares exceptuados, y que seguirán cumpliendo la cuarentena como hasta hoy, son el AMBA; Córdoba capital y el aglomerado urbano que la rodea, Trelew (Chubut); el departamento de San Fernando, Chaco, donde se encuentra la ciudad capital de Resistencia; y Bariloche y General Roca (Río Negro).

Las provincias y ciudades que pasen a la etapa de Distanciamiento deberán cumplir con tres ítems imprescindibles: 1- El sistema de salud debe contar con la capacidad adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria, 2- las localidades no deben tener circulación comunitaria del virus y 3- el tiempo de duplicación de casos no debe ser inferior a los quince días.

Las personas que vivan en las localidades donde se empiece a aplicar al distanciamiento social tendrán prohibida la circulación por fuera del límite de las ciudades donde viven, salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Además, en base a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos departamentos, las autoridades provinciales podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus.

Entre las normas de comportamiento que deberán cumplir aquellos que accedan a la fase del distanciamiento social está la distancia mínima de dos metros, la utilización de tapabocas en espacios compartidos, la higiene de las manos, la desinfección de las superficies, la ventilación de los ambientes y el toser en el pliegue del codo.

En el caso de las actividades económicas y productivas, tendrán que tener aprobado un protocolo de funcionamiento por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de la capacidad. Las autoridades provinciales podrán reglamentar días y horas para la realización de determinadas actividades y establecer requisitos adicionales para su realización, con la finalidad de prevenir la circulación del virus.

Las actividades deportivas, culturales y sociales sólo podrán realizarse siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas. Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios – ya sean salas de reunión, oficinas, comedor, cocina o vestuarios – a una persona cada 2,25 metros cuadrados. Para eso se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. Además, aclara que los gobernadores podrán dictar los protocolos para la realización de estas actividades.

Actividades prohibidas

En tanto, las actividades que permanecerán prohibidas durante la etapa de distanciamiento social serán la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas; la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes; la apertura de cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; y el turismo.

El DNU aclara que el Jefe de Gabinete podrá disponer excepciones que deberán ser autorizadas con el protocolo respectivo que tendrá que cumplir con las instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.

Fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio

En lo que respecta al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, la situación será igual a la que se viene cumpliendo hasta el momento. Los gobernadores tendrán que seguir pidiendo la autorización de las actividades que quieren abrir y la jefatura de Gabinete será la que las habilite.

El marco general indica que las actividades prohibidas para las zonas que continúen con el Aislamiento Social son el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; los eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas; la apertura de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado; el Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; el turismo; y la apertura de parques y plazas.

Fuente: Infobae

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