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Detalles de la ordenanza sobre el estacionamiento de motos

Estacionamiento gratuito a 45°.

Según una modificatoria a la ordenanza 9.945/23, sancionada este año en el Honorable Concejo Deliberante se estableció que el estacionamiento transitorio y gratuito de motos, ciclomotores y similares a 45º en relación con la acera será en las siguientes instituciones:

  1. Jardines, escuelas primarias y secundarias del sistema de educación pública.
  2. Maternales, jardines, escuelas primarias y secundarias del sistema de educación privada.
  3. Edificios donde funcionen escuelas e institutos de nivel terciario y/o representaciones de universidades provinciales y/o nacionales, siempre que estas sedes sean presenciales.
  4. Edificios donde funcionen áreas del poder estatal municipal, provincial y/o nacional.
  5. Servicio Médico Privado, calle San Martín entre Santa Fe y Entre Ríos, sobre mano derecha en sentido de circulación.
  6. Terminal de Ómnibus, calle Olavarría entre avenida Solís y calle Falucho, sobre mano derecha en sentido de circulación.
  7. Avenida Alsina, ambas manos desde la numeración cero (0) al ciento cincuenta (150), con excepción frente al Teatro Italiano, para carga y descarga de escenografía, estacionamiento temporal de autos comprometidos con el funcionamiento de la sala, ambulancias, remises que trasladan a personas mayores, movilidad reducida, etc.
  8. Banco de la Nación Argentina, calle Sarmiento ente Belgrano y Rivadavia, sobre mano izquierda en sentido de circulación. 
  9. Hogar Miguel Máximo Gil, calle Santa Fe Nº 130.

Comentarios

  1. Y si en vez de reglamentar eso no controlan mejor que tengan luces, espejos, patente y los papeles al día. Tránsito controla a los delivery, pero a los que van a los chapasos y sin modo de identificarlos(que son los mismos que tienen “accidentes”) no los controla nadie.

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