Boicot contra el atropello de Macri

Publicación pedida Movimiento Socialista Libertario.

Durante esta semana nos enteramos por boca del Secretario de Energía, Iguacel, de un ilegítimo e inconstitucional cobro retroactivo en las tarifas de gas (significa que en las próximas boletas de gas vendrá el cobro de una “compensación” por dos años, a causa de la devaluación). Esto se debe a que, debido al exagerado aumento del dólar, el peso se devaluó aprox. un 50%, lo cual “le habría dado pérdidas a las empresas”. Pero partamos de la base de que ese aumento del dólar se debió a las políticas del gobierno, concretamente al mal manejo con las lebacs, con lo cual sería culpa del gobierno y no del pueblo. Por otro lado, esa pérdida no es tal, ya que debido a los aumentos de la tarifa que veníamos viendo, eso se compensaría, y antes de eso el precio era menor porque estaba subsidiado, lo que significa que el Estado pagaba parte de la tarifa y eso sumado  a la condonacion que de deudas millonarias que les brindo el estado (deudas que surgen entre otras cosas de multas por incumplimiento con lxs usuarixs y alcanzan el monto de 70 mil millones de pesos). Además, el gobierno se niega a brindar los costos de extracción, lo cual resulta sospechoso sobre la veracidad de la pérdida, que bien podría ser inventado, lo cual demuestra que no tiene legitimidad. Este aumento retroactivo es ilegal ya que incluso dentro de la propia lógica capitalista, unx no paga dos veces por lo mismo, por ejemplo, si yo compro una gaseosa ayer a $60 y mañana está a $70, si al vendedor se le ocurre cobrarme esos $10 retroactivos, ningún organismo de defensa al consumidor o juzgado le daría la razón, y además es inconstitucional porque no cumple con el fallo de la Corte Suprema (que está basada en el artículo 42 de la Constitución Nacional), el cual dice que sin la información del costo de la extracción (que, reiteramos, el gobierno se negó a brindar) se atenta contra el derecho de les consumidores, además de que viola los principios de retroactividad (art. 7 del Código Civil y Comercial) y de propiedad: “Hay un periodo para la facturación del gas. Si pagué, ese periodo se cierra y no puede volver a abrirse”. Ya que el artículo N°880 del código civil y comercial establece que el pago realizado por el deudor que satisface el crédito del acreedor, extingue el crédito y lo libera, y va contra el fallo del año 2010 sobre el cobro retroactivo de la factura de luz, que invalidó la medida.

Este aumento retroactivo, además, se da en un contexto de inflación, recesión, tarifazos y una enorme pérdida de puestos laborales, que complican aún más la situación de la clase trabajadora. Y este cobro de tarifas, sería, la frutilla del postre, ya que sería un fuerte golpe al bolsillo ya moribundo de les trabajadores. Además, esta política en particular tiene un especial carácter anti-obrero, ya que es una clara intervención del mercado, pero a favor de las empresas, ya que el Estado está socializando las supuestas pérdidas de la misma, a costa de les consumidores, y esto viniendo de un gobierno que se dice contrario a las intervenciones del mercado, por lo cual esta medida destapa la verdadera naturaleza de Cambiemos como fuerza de las clases poderosas, y del sistema capitalista en sí, siempre beneficiando los intereses de la clase alta. Por otro lado, y para mayor bronca, ese mismo gobierno, firmó importantes convenios con Chile por los cuales les vendemos gas a mitad de precio que ellos nos vendieron el año pasado, entregando así nuestros recursos naturales, recursos que a nosotres se nos restringe con medidas como éstas.

Sin contar que, el Secretario de Energía, Iguacel (denunciado penalmente por el fiscal Marijuán con respecto a esta medida), acusó a las personas que legítimamente y en defensa de sus derechos como consumidores se quejaron de este aumento ilegal del gas, de ser militantes kirchneristas que buscan meter miedo.

Frente a estas declaraciones, respondemos, que su medida ilegal atenta contra el derecho de les usuaries, y por lo tanto, éstxs tienen razones legítimas para quejarse. Además, lo que verdaderamente mete miedo son las medidas del gobierno, miedo a no llegar a fin de mes, miedo a pasar hambre, miedo a perder el trabajo, miedo a perder la educación, miedo a perder los medicamentos, ¿acaso no es meter miedo las declaraciones del secretario Iguacel cuando dice que de no realizarce el cobro retroactivo la tarifa subira dos o tres veces?. Sumado a las provocaciones como el aumento del presupuesto de las fuerzas represivas a costa del presupuesto para la educación, y las constantes y brutales represiones  a las manifestaciones populares. Esto es lo que verdaderamente mete miedo. Parece que al gobierno no le importa aumentar la conflictividad social, y  no le tiembla la mano a la hora de golpear a les trabajadores. Por eso es hora de que nos organicemos y le demos un golpe a ellxs. Pero nada de medidas simbólicas como proponen otros sectores burgueses, no. Démosle un golpe donde verdaderamente les duele. Si ellxs tocan nuestros bolsillos, nosotres tocaremos los suyos. Digámosle NO al aumento ilegítimo, no paguemos ni un centavo de más. Por esto, a continuación adjuntamos un modelo de carta para impugnar y no pagar este aumento ilegal del gas, digámosle NO a Macri y frenemos este atropello a nuestros derechos.

“Por medio de la presente impugno la factura de gas nro. [poner número de las facturas a impugnar…] de fecha [fecha de las mismas…] en atención a incluir un cargo retroactivo. Las facturas anteriores están pagas, y por ende extinguieron la obligación de pagar la tarifa de ese período, artículo 880 del código civil y comercial y por ende también se viola el principio de irretroactividad (art. 7 del código civil y comercial) y mi derecho de propiedad. Por ese motivo solicito la supresión de ese cargo y desde ya impugno la norma general en que se basa. La presente no es una declaración completa de los hechos y del derecho y mi parte desde ya reserva el derecho de ampliar y promover las demás acciones legales que correspondan en caso de que no se avengan a deducir el cargo citado”.

Esta carta (con las respectivas modificaciones en los datos específicos) debe ser presentada en el organismo de Defensa al Consumidor o en la Defensoría del Pueblo más cercana.

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