Este jueves 13 de abril, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y venta de una reconocida marca de aceite de oliva. En esta nota te contamos de cuál se trata.
¿Cuál es la marca de aceite de oliva que prohibió ANMAT?
A través de la Disposición 2665/2023 publicada en el Boletín Oficial de la Nación, la ANMAT prohibió la elaboración, distribución y comercialización del producto “Aceite de oliva marca Colonial, Contenido Neto 500 cm3 y 900 cm3, fecha de vencimiento junio 2024, Elaborado y Envasado, RNE: 13002372 – RNPA: 13023770, Mendoza – Argentina”.
La decisión del ente se llevó a cabo tras una inspección encabezada por Departamento de Higiene de Los Alimentos de la provincia de Mendoza. Durante la investigación, los agentes descubrieron que el producto se hallaba en infracción a el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).
Esto quiere decir que el aceite de oliva no poseía registro de establecimiento y de producto, al estar rotulado de forma apócrifa al exhibir un número de RNE perteneciente a otra razón social y dado de baja, y un RNPA inexistente. Por esta razón, se trata de un producto ilegal.
“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de oliva marca Colonial, Elaborado y Envasado, RNE: 13002372 – RNPA: 13023770, Mendoza – Argentina, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otra razón social dado de baja y de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, estableció la ANMAT.
A su vez, la Disposición añade: “Prohíbase la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en sus rótulos los registros sanitarios RNE 13002372 y RNPA 13023770, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE dado de baja y RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales”.